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MEF realiza charla de cierre contable 2025 para Organismos y Entidades del Estado

18 de December, 2025

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Contabilidad Pública, llevó a cabo la Charla de Cierre Contable del Ejercicio Fiscal 2025, dirigida a los responsables de las áreas contable y patrimonial de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), con el objetivo de unificar criterios y orientar el proceso de cierre y apertura del nuevo ejercicio fiscal.

Capacitación sobre Contabilidad

La actividad estuvo encabezada por el director general de Contabilidad Pública, Arturo Giménez, y contó con la participación de la gerente de Gestión Financiera del Estado, Teodora Recalde, además de técnicos de la institución que dieron detalles y evacuaron las dudas de los participantes. Durante la jornada se abordaron aspectos relacionados con los procedimientos contables y patrimoniales que deberán aplicar las entidades públicas.

En ese contexto, el director Giménez explicó que la charla “está orientada a todos los Organismos y Entidades del Estado, especialmente al área contable y patrimonial, para establecer criterios para el cierre del ejercicio fiscal 2025 y la apertura del 2026, tanto en los aspectos contables como patrimoniales”.

Asimismo, destacó la importancia de la actividad en el marco de la implementación del Sistema de Gestión de Bienes y Servicios (SIGEBYS). “También estamos trabajando en el ordenamiento del cierre de este año, considerando la implementación del SIGEBYS, para que las entidades puedan aplicar correctamente los procesos”, señaló.

El titular de Contabilidad Pública detalló que durante la charla se explican los plazos y procedimientos del calendario de cierre, incluyendo el día y la hora de cierre de obligaciones de gasto, la generación de Solicitudes de Transferencias de Recursos (STR) y el cronograma que se extenderá del 5 al 23 de enero. “Cada entidad viene a cerrar su balance y luego imprimirlo para la rendición de cuentas que debe presentarse hasta el último día hábil de febrero, conforme a la ley”, precisó.

Añadió que, una vez finalizado el proceso, el MEF elabora el Informe Financiero que es remitido al Congreso Nacional. “Cumplimos así con el artículo 282 de la Constitución Nacional, que establece que el Presidente debe presentar su rendición de cuentas al Congreso y a la Contraloría General de la República”, indicó.

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