Pasar al contenido principal

COMUNICADO

Decreto N° 938/2023 “ Por el cual se reglamenta la Ley N° 6903/2022, que establecen medidas de protección a los menores de edad ante las influencias de las máquinas tragamonedas

El presidente de la República Santiago Peña, en fecha 27 de diciembre del 2023, firmó el Decreto N° 938/2023 “ Por el cual se reglamenta la Ley N° 6903/2022, Que se establecen medidas de protección a los menores de edad ante las influencias de las máquinas tragamonedas”.

Esta normativa ya había sido promulgada el año pasado, pero faltaba aún su reglamentación para que se pueda efectivizar la ejecución de los respectivos controles que estará a cargo de los municipios y de la Comisión Nacional de los Juegos de Azar (CONAJZAR).

La Ley 6903/22 como ahora, el Decreto reglamentario, prohíben terminantemente que menores de edad puedan jugar con las máquinas tragamonedas, además establece la total prohibición de que las máquinas tragamonedas estén en la vía pública, por lo que ya no se tolerará la presencia de tragamonedas en despensas, kioskos, ferreterías, al aire libre o cualquier lugar público. Asimismo, estas máquinas deberán estar resguardadas en lugares alejados de la vista de los menores, en locales que estén correctamente habilitados por el municipio.

Esta normativa, obliga a los municipios a ajustar sus ordenanzas en forma inmediata y a proceder a hacer cumplir la misma sin más trámites, la CONAJZAR como ente Regulador procederá a realizar los controles de manera estricta. Esta reglamentación, definitivamente pondrá orden al caos que actualmente reina en todos los departamentos, distritos y barrios del país, por la existencia indiscriminada y sin control de las máquinas tragamonedas en forma clandestina.

La ciudadanía en general puede acceder al decreto a través del link de la Presidencia de la República: https://decretos.presidencia.gov.py/#/home

COMUNICADO

Licitación Pública Nº 1/2022 sobre Concesión de Apuestas Deportivas

La Comisión Nacional de Juegos de Azar, en el marco de su gestión trasparente comunica a la ciudadanía que conforme la Ley Nº 1.016/1997 “Que establece el Régimen Jurídico para la explotación de los juegos de suerte o de azar”, y en cumplimiento al cronograma y las condiciones dispuestas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública Nacional N° 01/2022 para la concesión de la explotación del juego de azar denominado “Apuestas Deportivas”, que ha cumplido con la etapa de análisis y evaluación de las ofertas presentadas, y realizado la adjudicación, mediante Resolución CONAJZAR Nº 48/2022.

En tal sentido, la CONAJZAR ha examinado las ofertas presentadas, tomando en cuenta una serie de requisitos entre los que se destacan:

  • Monto del canon;
  • Capacidad financiera;
  • Capacidad jurídica;
  • Antecedentes y experiencia en la actividad licitada;
  • Garantía ofrecida.

La Licitación Pública para la concesión de la explotación de apuestas deportivas, reunió todos los requisitos legales y ha sido abierto, público, transparente y conforme los lineamientos fijados en la Ley Nº 1016/1997, que determina la forma, los plazos y las condiciones de evaluación en un proceso de licitación efectuado por la CONAJZAR.

Todo el proceso de Adjudicación, desde el Pliego de Bases y Condiciones, las Aclaraciones, las Adendas, la Evaluación y la Resolución están disponibles a la ciudadanía en general, en el sitio web https://www.hacienda.gov.py/web-hacienda/index.php?c=368 tal como establece la Ley N° 5.282 de Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental.

Asimismo, informar que los recursos provenientes de los juegos de azar son destinados a sectores de salud pública, educación escolar y bienestar social. Los recursos provenientes de la modalidad Apuestas Deportivas son asignados en un 50%, a la Secretaría Nacional de Deportes y el 50% restante a la DIBEN, a los Municipios, a las Gobernaciones y al Tesoro Público.

La CONAJZAR realiza un trabajo objetivo y trasparente, basado en análisis técnicos que garanticen la sostenibilidad y el respaldo jurídico y financiero, y se encuentra a disposición de la ciudadanía para cualquier aclaración que sea justificada técnicamente, en el marco de la ley, y el derecho de transparencia y acceso a información pública.

Asunción, diciembre de 2022

LA COMISIÓN NACIONAL DE JUEGOS DE AZAR

COMUNICA

Con el fin de salvaguardar los intereses de la ciudadanía y evitar fraudes, la COMISIÓN NACIONAL DE JUEGOS DE AZAR informa que:

La firma Daruma Sam S.A. para su marca comercial APOSTA.LA es la empresa autorizada conforme L.P. N° 04/2017 para la concesión de la explotación del juego de azar denominado “Apuestas Deportivas” con carácter de exclusividad en todo el territorio de la República del Paraguay (Resolución CONAJZAR Nº 60/2017 aprobada por Decreto N° 8535/2018 y Contrato de Concesión).

En consecuencia los medios autorizados para la captación de apuestas deportivas son a través de la página web oficial www.aposta.la y locales debidamente identificados bajo la marca APOSTA.LA de la firma concesionaria Daruma SAM S.A.

Ante el evento deportivo “MUNDIAL QATAR 2022”, se insta a la ciudadanía a evitar apostar en juegos de azar clandestinos y tomar las precauciones pertinentes a fin de prevenir situaciones como el riesgo por falta de pago de premios y exponerse a sanciones según normas penales vigentes.

Ley Nº 1016/97 Art. 17 modificado por Ley Nº 4716/12

“1°) El que tuviera o explotara comercialmente, por sí o por otro, juegos de azar clandestinos o no autorizados por la autoridad competente o sin contar con la concesión, licencia o permiso necesarios, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 5 (cinco) años o multa.

2°) El que favoreciera, patrocinara o prestara su cooperación para que las jugadas clandestinas se realicen, será castigado con la pena prevista en el numeral anterior.

3°) El que a sabiendas participara de juegos de azar explotados en las condiciones previstas en el inciso 1°), será castigado con pena privativa de libertad de hasta 2 (dos) años o multa.”
Contacto para consultas y/o denuncias: 021660641 – conajzarmh@gmail.com

08 de noviembre de 2022

LA COMISIÓN NACIONAL DE JUEGOS DE AZAR

COMUNICA

Que, en atención a la Ley Nº 6.987 "QUE DISPONE LA FECHA DE REALIZACION DEL CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDAS DEL AÑO 2022", insta a los propietarios y representantes de Casinos, Salas de Juegos y otros locales de Juegos de Azar, al cumplimiento estricto de la mencionada Ley.

Confiamos que el sector que nos involucra asumirá el compromiso con la mayor responsabilidad y será activo participe del Censo Nacional de Población y viviendas 2022.

08 de noviembre de 2022

COMUNICADO

La Comisión Nacional de Juegos de Azar en el marco de competencia que le confiere la Ley Nº 1.016/1997

La Comisión Nacional de Juegos de Azar en el marco de competencia que le confiere la Ley Nº 1.016/1997 “Que establece el Régimen Jurídico para la explotación de los juegos de suerte o de azar”, comunica que ha lanzado el llamado a Licitación Pública N° 01/2022 para la concesión de la explotación del juego de azar denominado “Apuestas Deportivas”, dirigida a todas las personas físicas y jurídicas nacionales, que deseen participar ya sea en forma individual o en consorcio.

Que en cumplimiento de la Ley N° 1.016/1997, el llamado se encuentra en etapa de publicación en dos diarios de gran circulación (Diarios ABC COLOR y ULTIMA HORA), señalando que el periodo de adquisición de derechos de participación es desde el 13 de setiembre del 2022 al 19 de setiembre del 2022. Para acceder a la publicación puede dirigirse al siguiente link: LP N° 1/2022

Comisión Nacional de Juegos de Azar - CONAJZAR
Setiembre 2022

COMUNICADO DE PRENSA

Conajzar trabaja en reglamentación de Ley que protege a niños de tragamonedas

La Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) se encuentra trabajando en la reglamentación de la Ley Nº 6903/2022 “Que establece medidas de protección a los menores de edad ante la influencia de las máquinas tragamonedas”, promulgada por el Poder Ejecutivo.

Para este efecto, tendrá en cuenta la observancia de todas las normativas legales vigentes, las que servirán como parámetros técnicos específicos, a los efectos de coordinar con los Municipios su correcta aplicación y estricto cumplimiento.

La Conajzar manifiesta su pleno acompañamiento a los objetivos y finalidad de la Ley Nº 6903/2022 en atención al interés superior del niño, niña y adolescente, posición que se refuerza por parte del Poder Ejecutivo con la promulgación de la mencionada Ley.

Asunción, viernes 22 de abril de 2022

COMUNICADO

La Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR), comunica que:

En el marco del Registro Nacional de Operadores de Juegos de Suerte o de Azar, ha implementado mecanismos de seguridad en la emisión de los Certificados, por lo que a efectos de proseguir con el sistema de Registro y Emisión de los mismos, se insta a las empresas debidamente autorizadas para explotar juegos de suerte o de azar a realizar sus solicitudes de inscripción y/o reinscripción, y en su caso a la actualización de las documentaciones, a fin del procesamiento pertinente para su posterior publicación en la página web del Ministerio de Hacienda – apartado CONAJZAR.

COMUNICADO

CONCESIÓN DE APUESTAS DEPORTIVAS

  1. El proceso se ciñó estrictamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
  2. Fue impugnado ante el Tribunal de Cuentas por una sola empresa el cual hasta la fecha no ha emitido posición alguna al respecto (sin medida cautelar).
  3. La adjudicación fue resuelta de forma unánime por los miembros de la CONAJZAR.
  4. Cuenta con dictamen favorable de la Abogacía del Tesoro.
  5. Cuenta con dictamen favorable de la Procuraduría General de la República.
  6. Conforme al Artículo 8 de la Ley N°1016/1997 se requiere la aprobación del Poder Ejecutivo, por Decreto, para que se formalice el procedimiento de adjudicación.
  7. Mediante el Decreto N° 8535/2018, de fecha 15 de febrero del 2018 “POR EL CUAL SE APRUEBA LA RESOLUCIÓN CONAJZAR N° 60/2017, POR LA CUAL SE EVALUA LAS DOCUMENTACIONES PRESENTADAS POR LOS OFERENTES Y SE ADJUDICA LA CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL JUEGO DENOMINADO APUESTAS DEPORTIVAS CON CARÁCTER DE EXCLUSIVIDAD EN TODO EL TERRRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY” autoriza al Presidente de la Comisión Nacional de Juegos de Azar a suscribir el contrato.
  8. En resumen, la suscripción del contrato se realizó previa aprobación del proceso licitatorio y con el respaldo jurídico y técnico de la Procuraduría General del República y la Abogacía del Tesoro.


Asunción, 14 de marzo de 2018

Observación

Tomando como parámetro la facturación del mes de setiembre sobre el cual se aplicó el canon de 4%, el Estado percibió Gs. 713.205.540; si sobre la misma facturación se aplica el canon del 21% pretendido por el Estado en la concesión de apuestas deportivas, percibiría el monto de Gs. 3.744.329.087, lo cual significa un aumento aproximado del 525% de incremento en la recaudación en esta modalidad de juego.

Observación

Con la proyección estimada por la concesión de 5 años de explotación exclusiva de apuestas deportivas, el estado percibirá Gs. 544.413.195.900, lo que promedia un ingreso mensual de Gs. 9.073.553.265 que se traduce a un promedio anual de Gs. 108.882.639.180.

Observación

Proyección estimada durante los 5 años de concesión, canon del 21% a ser percibido por el Estado y transferencia del 50% de lo percibido para la Secretaria Nacional de Deportes y 50% para el Tesoro Nacional.