La Dirección General de Inversión Pública, dependiente del Viceministerio de Economía y Planificación se constituyó con el objeto de lograr la optimización de los recursos públicos destinados a la inversión pública. Con el propósito de garantizar la continuidad y consolidación de los procesos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) se ha detectado la necesidad de desarrollar un conjunto de acciones que es preciso abordar, entre las que se puede señalar la de mejorar la calidad en la formulación, diseño y evaluación de proyectos, a fin de incorporarlos al SNIP para su futura priorización e incorporación en el Presupuesto General de la Nación (PGN).
Con el propósito de seleccionar proyectos que representen un real aporte al desarrollo del país y ayudar a priorizar la asignación de recursos escasos, es crucial contar con evaluaciones que muestren los resultados que se esperan de cada iniciativa de inversión, a través de la realización de una secuencia de estudios de preinversón, de creciente complejidad y costo, conocidos como estudios a nivel de perfil, de prefactibilidad y de factibilidad. Los estudios a nivel de perfil pueden ser desarrollados por las instituciones promotoras de los proyectos, pudiendo ser realizados por los funcionarios de la institución que tengan una formación básica en formulación y evaluación de proyectos. Sin embargo, los estudios de prefactibilidad y de factibilidad, dado que requieren de un mayor levantamiento de información y prediseños de obras, son en general realizados por empresas consultoras y tienen costo que no siempre son fáciles de financiar por las entidades promotoras de proyectos. Además, antes de poder iniciar la ejecución de un proyecto, es preciso contar con los diseños de arquitectura, de ingeniería y de especialidades, los cuales requieren de suficiente tiempo y recursos para su realización.
Con el fin de ordenar el proceso de preinversión y garantizar la calidad de los resultados de la misma, se crea el Fondo de Preinversión del Paraguay (FOPREP), para facilitar el financiamiento de estudios de preinversión y asegurar la necesaria calidad requerida.
El FOPREP podrá comprometer el financiamiento de hasta un 100% (cien por ciento) del costo total estimado de cada estudio. Asimismo, podrá comprometer el financiamiento parcial de este costo, en cuyo caso el saldo por financiar quedará a cargo del OEE o institución beneficiaria quien deberá demostrar ante la DGIP la disponibilidad presupuestaria para el efecto.
La solicitud de financiamiento del estudio de pre-inversión, deberá ser presentada por el OEE o institución solicitante al MEF a través de la DGIP conteniendo, al menos, los siguientes requisitos:
Nota de la máxima autoridad del OEE o institución solicitante.
Documento del proyecto que cuente con código SNIP a nivel de la etapa de Perfil o al nivel anterior a la etapa para la cual se requiere el financiamiento.
Estudio para el cual se solicita financiamiento: Objetivo del estudio y TdR para la contratación del mismo.
Cronograma de ejecución de todas las actividades indicando en meses el período de ejecución, desde el inicio hasta la finalización del estudio.
Presupuesto detallado de las actividades previstas en el estudio.
Estudios para elaboración, implantación y actualización de las metodologías de formulación y evaluación de proyectos incluyendo la determinación de precios sociales, protocolos de pre inversión, monitoreo y seguimiento y evaluación ex – post.
La verificación documental se hará al momento de la entrega de la solicitud. No se dará trámite a la presentación que no cumpla con estos requisitos mínimos hasta tanto no sea completada por el solicitante la información requerida. En el momento en que la información faltante sea completada, la solicitud pasará a formar parte del proceso de elegibilidad.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios del FOPREP los Organismos y Entidades del Estado (OEE) y demás instituciones sujetos al ámbito de aplicación del SNIP.