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Llave en Mano

LEY 5.074/13 CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN, «LICITACIÓN CON FINANCIAMIENTO» O «LLAVE EN MANO»

La ley 5.074/13, de «Licitación con Financiamiento» o «Llave en mano», contempla varios sectores de obras y servicios públicos. A través de la misma, el sector privado podrá proveer el financiamiento total de los gastos originados por la contratación (Fuente: Art. 3 del Decreto Nº 5151/16).

En las condiciones básicas del financiamiento se establece un plazo mínimo de 10 años para el pago de la obra por parte del Estado y de 3 a 5 años de periodo de gracia, con amortizaciones semestrales.

Los Proyectos «Llave en mano», declarados prioritarios por el Gobierno Nacional en el Plan Anual de Inversión Pública (PAIP), aprobado por Decreto, buscan unificar en un solo contratista el diseño, la construcción y el financiamiento.

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 5074

DIFERENCIAS ENTRE PRIVATIZACIÓN, CONCESIÓN Y PPP

En una Privatización estamos frente a la venta de un activo del Estado a un privado, hay una transferencia del derecho de propiedad del Estado a un privado. Por tanto el dueño de ese activo y del servicio que conlleva estará a cargo de una empresa privada.

En el caso de la Concesión, no estamos frente a una venta, el estado continúa siendo el dueño del activo, solo que la explotación del mismo es entregada a cuenta y riesgo de un privado.

En una PPP, al igual que una Concesión, no hay una venta de ningún activo, no se transfieren los derechos de propiedad y el Estado siempre es el dueño del activo objeto contractual y es el responsable por el servicio brindado. Constituye una nueva modalidad contractual, en virtud de la cual, las administraciones contratantes participan con personas jurídicas de derecho privado en un proyecto de inversión, a través de una relación jurídica contractual a largo plazo, con una distribución de compromisos, riesgos y beneficios entre las partes.

DIFERENCIAS ENTRE MODALIDADES DE FINANCIAMIENTO DE LA INVERSIÓN PÚBLICA

CONCEPTOPPPCONCESIONESPRIVATIZACIÓNLEY Nº 5074OBRA PÚBLICA TRADICIONAL
CICLO DE VIDAConsidera todo el Ciclo de Vida (Largo Plazo)Todo el ciclo de vida puede ser transferido al Privado, según contratoTodo el ciclo de vida es transferido al Privado, junto con la propiedad del activoTransfiere al privado diseño y construcción. El Estado mantiene operación y mantenimientoSe centra en la construcción (Corto – Mediano plazo)
RIESGODistribución de riesgos, compromisos y beneficios.A cuenta y riesgo del privadoA cuenta y riesgo del privadoRiesgos de diseño/construcción y puesta en marcha transferidos al privadoRiesgos implícitos, retenidos por el Estado
GESTIÓN DE CONTRATOSContrato único a largo plazo. Un responsable con supervisión del EstadoÚnico contrato administrado por el privado, con supervisión del EstadoA cargo del privadoSupervisión del diseño y construcción. Activo transferido al EstadoMúltiples contratos y responsables a lo largo del proyecto
GESTIÓN PRESUPUESTALInstrumento plurianual. Pagos directos, garantías o aportes del privadoNo aplicaNo aplicaInstrumento plurianual con pagos directos del EstadoLey de Presupuesto Anual sin compromisos plurianuales
CALIDADConocida y gestionableResponsabilidad transferida al PrivadoResponsabilidad transferida al PrivadoConocida y gestionableNo reconocida ni exigida
MONTO MÍNIMO12.500 salarios mínimos mensuales (USD 4,5 millones aprox.)No se estipula montoNo se estipula montoNo aplicaNo aplica
SISTEMA DE PARTICIPACIÓNLicitación pública internacional. Participación del privado con el EstadoLicitación pública. Autorización por ley en cada casoLey determinará empresas del Estado sujetas a privatizaciónLicitación pública internacional. Participación del privado con el EstadoLicitación pública
DURACIÓNMáximo 30 años + prórroga de 10 años (Ley Nº 5102/13)Máximo 30 años (Ley Nº 1618/00)Tiempo indefinidoSegún obra: máx. 15 años si hay financiamiento (MH)Sujeto a cada proyecto
SECTORESVial, ferroviario, portuario, aeroportuario, hidrovías, energía, social, urbano, agua y saneamientoExcluye comunicaciones, energía eléctrica, agua potable y alcantarillado sanitarioEmpresas públicas según leyObras y servicios públicos: rutas, puertos, aeropuertos, energía, telecom, ductos, etc.Todos los sectores que son responsabilidad del Estado
ENTES COMPETENTESSTP, MOPC y MH, sin perjuicio de entes reguladoresNo se establecen entes reguladoresConsejo de Privatización (MH, MIC, MAG y BCP)MOPC, Ministerio de HaciendaTodos los Organismos y Entidades del Estado (OEE)
MECANISMOIniciativa pública o privadaPor encargo de OEEIniciativa del Estado con ente privadoIniciativa pública de los OEEIniciativa pública de los OEE