El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (CODE), dependiente de la Gerencia General, convoca a los titulares de créditos reconocidos por resoluciones judiciales firmes, notificadas al MEF hasta el 31 de diciembre de 2025, a presentar sus propuestas de acuerdo, que permitan poner fin a litigio y generar ahorro para el Estado.
Las solicitudes podrán presentarse en la Mesa Central de Entradas del MEF, del 8 de abril al 6 de mayo de 2026, mediante el formulario Anexo B-01-09 A https://www.mef.gov.py/es/marco-legal/ley-de-presupuesto/formularios-anexo-b-2026 Cada propuesta recibirá un número de expediente para su seguimiento.
El proceso se realizará según calendario aprobado por Resolución MEF N.º 182 de fecha 9 de marzo de 2026.

Los montos a ser percibidos por cada acreedor no podrán exceder la suma de ₲. 4.000 millones durante el presente ejercicio fiscal, independientemente de que las acreencias provengan de obligaciones emanadas de resoluciones y sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas dictadas en juicios diferentes. Los casos que excedan el tope establecido, se abonarán con cargo a ejercicios fiscales siguientes, con base en la disponibilidad presupuestaria.
Esta disposición se da en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 493 del Anexo A del Decreto N.º 5311/26, la Resolución MEF N.º 182 de fecha 9 de marzo de 2026 «Por la cual se autoriza a la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado, dependiente de la Gerencia General de este Ministerio, a iniciar los procesos internos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley N.º 7609/2025 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2026” y su reglamentación”» A la Resolución puede acceder desde este enlace: https://www.mef.gov.py/es/dependencias/gerencia-general/code/disposiciones-legales/resoluciones
En relación a las obligaciones derivadas de resoluciones y sentencias judiciales con prioridad de pago establecida por Resolución MEF N.º 370/2025, cuyos procesos de pago no hayan sido concluidos, serán atendidas con cargo al presupuesto del presente ejercicio fiscal y subsiguientes, según disponibilidad presupuestaria y hasta el monto máximo que puede percibir cada acreedor durante el ejercicio fiscal en curso. La ejecución de cada desembolso quedará supeditada a la presentación de la correspondiente homologación judicial del acuerdo transaccional respectivo.
Para más información, los interesados pueden comunicarse con la CODE al correo electrónico [email protected]