El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informa a las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) que cuenten con 50 socios o asociados deberán registrarlos en el apartado “Datos de los Socios, Asociados, Miembros e Integrantes” disponible en el Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos (SIARA).
En los casos en que las OSFL cuenten con más de cincuenta (50) socios, los registros adicionales podrán comunicarse mediante una planilla electrónica que deberá adjuntarse en el apartado “Documentación”, seleccionando el tipo de documento “Listado de socios no declarados – OSFL”. El archivo deberá remitirse en formato comprimido (.zip o .rar).
La planilla modelo en formato Excel y el tutorial para su correcta utilización se encuentran disponibles en el portal institucional: https://short.do/akjCZF.
Esta medida tiene carácter temporal y estará vigente hasta que se implementen mecanismos que permitan la carga masiva de registros en el SIARA. Para consultas relacionadas con este procedimiento se encuentra habilitado el correo electrónico [email protected]
Además, para las OSFL constituidas en el extranjero, se encuentra desarrollando un módulo específico dentro del SIARA para la inscripción en el Registro Complementario previsto en la Ley Nº 7363/2024, “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”. La autoridad de aplicación estará comunicando su disponibilidad.
En consecuencia, acorde al Comunicado emitido el 29 de diciembre de 2025, las OSFL constituidas en el extranjero y alcanzadas por la normativa deberán solicitar su inscripción, exclusivamente a través del correo electrónico: [email protected]
En cuanto a los requerimientos para la inscripción se encuentran disponibles en el siguiente comunicado: https://goo.su/OhEHmn
Para consultas adicionales se encuentra habilitado el correo electrónico [email protected]