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Censo Digital de Beneficiarios Jubilados y Pensionados

Es una herramienta que permite recopilar información actualizada de los beneficiarios jubilados y pensionados. El mismo, constituye en la actualidad una importante fuente de información para tomadores de decisiones de la caja fiscal.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿En qué consiste el Censo Digital?

El Censo Digital es una herramienta digital creada para que los jubilados y pensionados actualicen, de manera ágil y segura, sus datos personales. Esta plataforma permitirá al MEF contar con una base de datos confiable y actualizada de todos los beneficiarios, optimizando así la gestión de los pagos y los servicios asociados.

¿Por qué es importante realizar el Censo Digital?

El Censo es necesario para garantizar la transparencia y la eficiencia en la gestión de los recursos destinados a las jubilaciones y pensiones. Además, permitirá identificar a los beneficiarios activos y evitar pagos indebidos.

¿Qué tipo de datos personales se actualizarán en el Censo Digital?

La información solicitada incluye datos como domicilio, número de contacto, correo electrónico, país y ciudad de residencia, y la fecha de vencimiento de la tarjeta de cobro. No se requiere el número de la tarjeta, ni contraseñas, ni información relacionada con operaciones bancarias.

¿Quién puede realizar el Censo Digital?

Tanto el jubilado o pensionado como la persona designada como contacto podrán realizar y confirmar el Censo Digital. Es importante destacar que la información proporcionada en esta plataforma tendrá carácter de declaración jurada, por lo que se exhorta a los beneficiarios a ingresar datos verídicos.

¿Cuál es el plazo para realizar el Censo Digital?

El plazo para realizar el Censo Digital es de 90 días corridos desde su implementación. Todos los beneficiarios activos deberán actualizar sus datos dentro de este período.

¿Qué pasará si no se realiza el Censo Digital?

Si un jubilado o pensionado no realiza el Censo Digital dentro del plazo establecido, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones procederá a bloquear preventivamente el pago de su beneficio. Si transcurridos 90 días desde el bloqueo preventivo el beneficiario no se ha puesto al día, será excluido de la planilla de pagos.